¿Corte de suministro de gas por deuda en gastos comunes?

¿Corte de suministro de gas por deuda en gastos comunes?

Se encuentra en actual tramitación una reforma global a la Ley N° 19.537 sobre copropiedad inmobiliaria, que tiene por objeto aumentar la participación de los copropietarios, arrendatarios y ocupantes de las unidades, como también resolver el problema de la morosidad en el campo de los gastos comunes. 


La normativa actual citada, señala en su artículo 5° que, cada copropietario y ocupante deberá pagar los gastos comunes en la periodicidad y en los plazos que establece el reglamento interno de cada comunidad. Si se atrasa en el pago, la deuda devengará el interés máximo convencional para operaciones no reajustables o el inferior a éste que establezca el reglamento. 


También se establece la posibilidad que el Comité de Administración pueda proceder, o bien, mandar a suspender el suministro de electricidad en los casos que los copropietarios adeuden 3 cuotas continúas o discontinuas de gastos comunes. 


Los gastos comunes permiten la operatividad de los condominios, y, la alta morosidad, que en Pandemia producida por el COVID 19 ha superado el 35%, lo cual, trae aparejado múltiples problemas, como el impago de las remuneraciones, cotizaciones previsionales del personal y los propios servicios del condominio. 


Ante ello, se encuentra en discusión en el Parlamento, un proyecto que sanciona el no pago de estos gastos, con el corte del suministro eléctrico y el suministro de gas de red; además, y para hacer efectiva esta medida de apremio, aun cuando los ocupantes estén al día en el pago de servicio de Internet, Streaming o cable, también la administración de los condominios, podrá cortar estos servicios mientras dure la morosidad. 


El bien común y la paz social, son dos bienes jurídicos que deben primar en las comunidades, ante lo cual, el derecho de propiedad e interés particular, no podrá ser más importante que el interés social de toda la comunidad. 


Sumado a lo anterior, deberemos enfrentar como sociedad el pago de los servicios básicos morosos, [agua potable y alcantarillado, luz eléctrica y gas de red] cuya suspensión del servicio, se encuentra paralizada por una norma de rango legal que así lo establece. La pregunta del caso es: ¿qué sucederá cuando se haga efectivo el corte de estos suministros y miles de chilenos y extranjeros no puedan hacer frente a estas responsabilidades? Hay quienes sostienen que una parte deberá ser asumida por las propias empresas distribuidoras, otra por el Estado y los particulares. Por de pronto, quienes administren propiedades, deberán estar atentos a estas cuentas e ir buscando solución caso a caso, para que la cuantía de dichas deudas no se convierta en incontrolables. 

 

Salvador Makluf Freig
Abogado Inmobiliario
Cofundador www.globalbrokers.cl 


252 visualizaciones

Te puede interesar

Actualidad Inmobiliaria

¿Qué traerá este 2026 para el rubro inmobiliario?

Por fin el mercado inmobiliario comenzó a mostrar señales de reactivación durante 2025, marcando el inicio del fin de una crisis profunda y prolongada que frenó la inversión, destruyó miles de empleos... +

Actualidad

Más selectivo y analítico: perfil del comprador que dinamizó el mercado inmobiliario en 2025

Según el Índice de Ventas de Actividades Inmobiliarias del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), el indicador registró crecimientos interanuales entre 8,5% y 10,7% durante 2025, reflejando que el... +

Economia & finanzas

Las ventas inmobiliarias a menores de 30 años crecieron un 13% ¿qué factores explican este repunte?

Esta situación toma una gran relevancia considerando que, según la Cámara Chilena de Comercio, existen 460 mil jóvenes menores de 40 años en situación de déficit habitacional. En donde, el ingreso... +